El registro gráfico en Arqueología

La idea de estas líneas es acercarnos a la representación gráfica de la arqueología desde el punto de vista profesional y normativo. Cuando se comienza la actividad laboral, si no se tienen las ideas al respecto bastante claras, no hay tiempo de aprender los fundamentos sobre la marcha, ya que son muchas las tareas que el técnico o el director deben llevar a cabo durante las mismas y son escasas las ocasiones en las que se puede dedicar tiempo a aprender en la práctica.

blog Arkeotexturas dibujo arqueológico

Una de las principales funciones de la arqueología es estudiar la Historia a través de los restos materiales que han llegado a nosotros y que reflejan la vida de las personas que habitaron o trabajaron en ese lugar, analizando los contextos espaciales y temporales en los que aparecen esos restos. Para un arqueólogo es tanto más importante el contexto en el que aparece un objeto, como el objeto en sí mismo. Esto es así porque las relaciones del objeto arqueológico con otros objetos, con estructuras, etc. suele producir más información histórica de la que se puede extraer del propio objeto aislado. 

No hay que olvidar que la intervención sobre el patrimonio, arqueológico o arquitectónico, siempre supone, aun trabajando con el mayor cuidado, la destrucción de parte de la información. Por tanto todos los participantes en este tipo de intervenciones están obligados a elaborar un registro documental de las mismas tan detallado y exhaustivo como sea posible.  En este sentido la documentación gráfica normalizada, que debe realizarse en campo siempre que sea posible, es un medio muy eficaz para la toma de datos, con la ventaja de su inmediata comprensión por parte de cualquier investigador.

El dibujo es una técnica básica para la documentación de cualquier tipo de intervención arqueológica o patrimonial, que nos muestra la forma en que los distintos objetos y estructuras se relacionan entre sí, y de la que, generalmente, no se explotan todas sus posibilidades. Sobre la fotografía, también muy importante para esta documentación, el dibujo cuenta con una serie de ventajas:

  1. Simplifica la realidad, eliminando contenidos que pueden distraer y mostrando los datos importantes para el trabajo.
  2. Es un medio de interpretación de la realidad donde el técnico puede plasmar información no visible en una imagen fotográfica (fases cronológicas, materiales, sección de la pieza…)
  3. Muestra las dimensiones reales de lo representado, sin la deformación propia de la lente óptica y sin la dependencia de las condiciones externas de luz o sombra.
  4. Para los materiales muebles el dibujo se convierte en la mejor manera de poder comparar repertorios de distintas intervenciones, con lo que se consiguen datos de expansión de una forma, de datación, etc. Si cuando hablamos del dibujo de estructuras y estratos subrayamos su importancia para la documentación de cualquier intervención arqueológico – patrimonial, similar importancia habría que darle al dibujo y documentación de los restos de la cultura material aparecidos en excavación, así como los que permanecen en fondos de museos o colecciones privadas. Sin embargo, si bien está bastante reconocida la necesidad de elaborar una planimetría analítica de las intervenciones, no está tan extendida la realización de dibujos de las piezas más representativas que se recogen durante el trabajo de campo.
  5. Aún reconociendo la necesidad de documentación fotográfica de las piezas (aspecto general, texturas, decoración, etc.), es fundamental la elaboración de una representación gráfica normalizada, simplificada y que nos trasmita informaciones objetivas de la pieza arqueológica; esto sólo podemos obtenerlo a través del dibujo arqueológico sujeto a una serie de convenciones. Una de estas convenciones, que afecta a todos los dibujos de materiales, es que la iluminación de la pieza se realiza por la parte superior izquierda del dibujo, en un ángulo de 45 o; esta cuestión se debe tener en cuenta a efectos de realizar el sombreado de las piezas.
  6. La principal característica del dibujo arqueológico es poder presentar, en un solo golpe de vista, varios aspectos del mismo objeto (exterior, interior y sección, en el caso de la cerámica; y distintas vistas en el caso de la industria lítica, metal, etc.) así como de todos los elementos anexos a él (asas, mangos, remaches…) y los datos externos que conocemos de la pieza. Al usar todos los técnicos las mismas convenciones de dibujo, las representaciones resultan comprensibles y útiles para todos los técnicos, aunque no hayan tenido contacto directo con las piezas representadas. De este modo se pueden establecer comparaciones entre piezas análogas o contemporáneas de diferentes intervenciones. También se tiene la posibilidad de recrear el aspecto íntegro de la pieza, aunque se cuente sólo con parte de la misma.
  7. Se trata de describir mediante el dibujo el aspecto general de la pieza, así como las huellas que, sobre ella, pudo dejar su proceso de fabricación, el uso que de ella hicieron sus poseedores, así como los procesos postdeposicionales posteriores al fin de su vida útil; éstos detalles son los que ayudan a conocer la historia particular de cada pieza. 

Junto a los materiales propios del dibujo arqueológico tradicional, sobre papel,  tanto blanco como milimetrado, tales como portaminas, goma de borrar blanda, escuadra y cartabón, compás, calibre, así como los estilógrafos de distintos grosores para pasar a tinta el dibujo terminado; se han unido nuevas herramientas para la digitalización de los dibujos:  un ordenador, un escáner y los programas informáticos necesarios.

Para introducir la imagen realizada a mano en el ordenador y así poder manipularla digitalmente se utiliza un periférico de entrada de datos: el escáner. Estos dispositivos ópticos pueden reconocer caracteres o imágenes. Se trata de un aparato electrónico, que explora o permite digitalizar imágenes o documentos, y lo traduce en señales eléctricas para su procesamiento y salida o almacenamiento. Habitualmente aparece formando parte de un solo elemento junto a la impresora.

 El primer paso es el escaneo de los dibujos, mejor si se hace uno por uno, para un mejor archivo de cada pieza por separado. No debemos olvidar incluir la escala gráfica, con el fin de mantener las proporciones de cada pieza. Uno de los parámetros que se han de tener en cuenta en el proceso de escaneado es la resolución de impresión que va a tener la imagen digitalizada y que se mide en puntos por pulgada (ppp): a mayor resolución más calidad, pero también mayor tamaño de archivo. A partir de 200 ppp se puede decir que la resolución es buena. Otro elemento importante del proceso de escaneo es decidir el formato con el que vamos a guardar la imagen. De los muchos formatos existentes se pueden destacar cuatro:

  • TIFF. Es un formato idóneo para imágenes de gran calidad, pero conlleva la creación de archivos de gran tamaño.
  • JPGE. Es el formato más extendido para almacenar fotografías digitales.
  • GIF y PNG. Son formatos que ocupan poco espacio de archivo pero admiten pocas variaciones de color.

A partir del escaneado se procede a reelaborar la imagen mediante programas de dibujo vectorial (Autocad, Corel Draw, etc.). Usaremos las distintas herramientas disponibles para realizar un trazado tan fiel como nos sea posible al dibujo a mano. Una vez completado el dibujo vectorial pasamos al relleno de la sección y a dar color a las superficies, así como la decoración de la pieza. La principal ventaja de este sistema es que homogeneíza, si así lo queremos, el dibujo, con el fin de establecer tipologías de elementos comparables. Por otro lado el dibujo vectorial es la base para realizar reconstrucciones de piezas completas en 3D.

Estas son las opciones más empleadas dentro de los programas comerciales para el dibujo arqueológico. Sin embargo, en los últimos tiempos, ha crecido una fuerte corriente favorable al desarrollo y difusión de programas de acceso gratuito, de software libre. Dentro de las distintas posibilidades que se pueden encontraren Internet nos hemos decantado por los siguientes programas. El primero es INKSCAPE que se va a emplear para el dibujo vectorial en 2D pues tiene todas las herramientas necesarias para desarrollar nuestra labor y es fácil de utilizar.

En el segundo caso se ha elegido un programa más completo, BLENDER, para el trabajo en 3D, aunque en este caso sí que puede costar algo más hacerse con su funcionamiento, puesto que es bastante distinto a, por ejemplo, Autocad.

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Normativa

La Carta Internacional para la Gestión del Patrimonio Arqueológico, adoptada en 1990 por el ICOMOS (International Council of Monuments and Sites) órgano asesor dependiente de la UNESCO para temas de patrimonio histórico y arqueológico,        define, en su artículo 1, el patrimonio arqueológico como “todas las huellas de la existencia del hombre y se refiere a los lugares donde se ha practicado cualquier tipo de actividad humana, a las estructuras y los vestigios abandonados de cualquier índole, tanto en la superficie, como enterrados o bajo las aguas, así como al material relacionado con los mismos”.

En este documento se aboga por la difusión del patrimonio arqueológico; así en el artículo 2 se puede leer que “la participación activa de la población debe incluirse en las políticas de conservación del patrimonio arqueológico”…”La participación se debe basar en la accesibilidad a los conocimientos, condición necesaria para la toma de cualquier decisión”.

También se reclama en esta Carta la “documentación arqueológica completa en cada uno de los casos en que haya sido autorizada una destrucción del patrimonio arqueológico”; en esta documentación se debe incluir la documentación gráfica pormenorizada, tanto de bienes muebles como de estructuras y otros elementos inmuebles.

Sin embargo es el artículo 7 de la Carta el que más afecta a la documentación gráfica de las intervenciones arqueológicas. En él se dice que “la presentación al gran público del patrimonio arqueológico es un medio esencial para promocionar éste y dar a conocer los orígenes y el desarrollo de las sociedades modernas. Al mismo tiempo, es el medio más importante para promocionar y hacer comprender la necesidad de proteger este patrimonio”. En este aspecto parece claro que la representación gráfica, basada en los datos analíticos obtenidos en las intervenciones arqueológicas, puede llegar a ser asimilado con más facilidad por ese “gran público” que los textos que derivan de las mismas, en ocasiones demasiado técnicos y dirigidos con frecuencia a un público especializado.

Más adelante, en este mismo artículo, se dice que “la presentación e información al gran público ha de constituir una divulgación del estado de conocimientos científicos y debe, pues, estar sometido a revisiones frecuentes. Han de tenerse en cuenta las múltiples aproximaciones que permitan la comprensión del pasado”; sin duda una vía fundamental de acercamiento es la vía visual, a través de la representación en dibujo, tanto de piezas como de estructuras arqueológicas. 

Por último la Carta se refiere a las reconstrucciones o recreaciones de restos arqueológicos: “Las reintegraciones responden a dos funciones importantes: la investigación experimental y los fines pedagógicos e interpretativos de la realidad pretérita. Sin embargo deben tomarse grandes precauciones para no borrar cualquier huella arqueológica subsistente, y deben tenerse en cuenta toda serie de pruebas para conseguir la autenticidad. Allí donde resulte posible y apropiado, tales reposiciones no deben efectuarse inmediatamente encima de los restos arqueológicos, y han de ser identificables como tales”. Las Nuevas Tecnologías solucionan la preocupación que se trasluce en el texto por la posible alteración de los restos arqueológicos o por un falseamiento de la realidad histórica en aras de una mayor espectacularidad visual. El empleo de recreaciones 3D de edificios y piezas arqueológicas permite mantener inalterados los restos arqueológicos, sin arriesgarnos a una actuación que pueda dañar estos bienes o puede ser irreversible y que una posterior investigación  demuestre que no era real. Estas técnicas, en lugar de actuar directamente sobre piezas o estructuras históricas las toman como base para recrear virtualmente el aspecto que debieron tener en una fase concreta de su vida, siempre en base únicamente a los datos recogidos durante la investigación.

En el Convenio Europeo sobre la Protección del Patrimonio Arqueológico, hecho en La Valetta el 16 de enero de 1992, ya en el preámbulo se reconoce la existencia de graves amenazas de deterioro del patrimonio arqueológico europeo, como los grandes planes urbanísticos, riesgos naturales o excavaciones clandestinas  y, al mismo nivel se sitúa  “la insuficiente sensibilización del público”.

En el artículo 1 se define el Patrimonio Arqueológico como “todos los restos y objetos y cualquier otras huella dejada por la humanidad en épocas pasadas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que su conservación y estudio ayuden a reconstruir la historia de la humanidad y su relación con el entorno natural.
  2. Que las principales fuentes de información  sobre dichos restos y huellas sean la realización  de excavaciones o descubrimientos y otros métodos de investigación  de la humanidad y de su entorno.
  3. Que esté localizado dentro del territorio de las partes.

El patrimonio arqueológico incluirá estructuras, construcciones, grupos de edificios, obras de ingeniería civil, objetos transportables y monumentos de cualquier otro tipo, así como su contexto, sea sobre tierra o bajo el agua”.

En el artículo 9, dedicado a la sensibilización pública se dice que “Cada una de las partes acuerda:

  1. Elaborar acciones educativas con vistas a elevar y desarrollar la sensibilización de la opinión pública hacia el valor del patrimonio arqueológico para el conocimiento del pasado y tenga conciencia de los peligros que amenazan a este patrimonio.
  2. Promover el acceso del público a importantes elementos de su patrimonio arqueológico, especialmente las propias excavaciones y fomentar la exhibición al público de objetos arqueológicos especialmente seleccionados”.

Como ya apuntamos más arriba, junto al valor incuestionable de acercarse a restos originales, hemos de hacer hincapié, en aras de su mejor conservación, del valor de las reconstrucciones informatizadas de los hallazgos de las intervenciones arqueológicas. De este modo el público puede comprender mejor los restos como entidades completas y con un uso definido, y no quedarse sólo con el aspecto de mejor o peor estado de conservación con el que han llegado a nosotros. 

A nivel estatal, para España la norma legal que sirve de base a las distintas normativas dictadas por las Comunidades Autónomas, es la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español. En esta ley se trata de crear un marco genérico de actuación, por lo que no se le puede pedir un grado de detalle; la reglamentación específica de la forma en que se debe documentar una intervención arqueológica corresponde al desarrollo normativo que cada autonomía ha hecho de esta ley o de las leyes propias relativas al Patrimonio Histórico.

En lo referente al Patrimonio Arqueológico el artículo 40 de esta ley lo define como “los bienes muebles e inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en el mar territorial o en la plataforma continental”. Es decir, que el Patrimonio Arqueológico no es únicamente lo que se excava “en el subsuelo”, sino también, por ejemplo, los muros de un edificio histórico que pueden ser estudiados desde el punto de vista estratigráfico.

En el artículo 42.1 se apuntan algunas características del contenido de los proyectos de intervenciones arqueológicas: “Toda excavación o prospección arqueológica deberá ser expresamente autorizada por la Administración competente, que mediante los procedimientos de inspección y control idóneos, comprobará que los trabajos estén planteados y desarrollados conforme a un programa detallado y coherente que contenga los requisitos concernientes a la conveniencia, profesionalidad e interés científico”. Con este artículo se pretende poner freno a la práctica de excavaciones clandestinas y a los expolios de yacimientos.

A modo de ejemplo de cómo se desarrolla la ley general tomaremos la normativa autonómica andaluza, que ha tenido dos leyes de Patrimonio Histórico, la Ley 1/1991 de Patrimonio Histórico de Andalucía y la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía. En ella, tanto en la normativa vigente (Reglamento de Actividades Arqueológicas, Decreto 168/2003 de 17 de junio), como en el borrador que ya se conoce de la Orden por la que se establecen los contenidos y estructuras de los documentos relativos a las actividades arqueológicas, no se dan muchos detalles de cómo se debe realizar la documentación gráfica de las intervenciones (más detallada y clara a este respecto es la normativa de otras Comunidades Autónomas).

En el borrador de la Orden, artículo 8, apartado F se puede leer:

“f.8. Respecto a los bienes muebles, se incluirán fotografías o dibujos de los diversos elementos recogidos y estudiados, ya sea de forma individual o en contextos. Pudiéndose elegir entre el uso de la fotografía o el dibujo, a discreción de los autores de la Memoria; si bien nos parece más apropiado reservar el uso de la fotografía para plasmar las muestras, especialmente relacionadas con los análisis del registro biológico, edafológico, sedimentológico, etc., así como para objetos metálicos o pétreos y, en general en soportes no cerámicos, pudiéndose utilizar indistintamente, fotografía o dibujo para bienes fabricados en soportes cerámicos. Los recipientes cerámicos de fabricación estandarizada que obedezcan a patrones recogidos en repertorios universalmente conocidos (Dressel, Lamboglia, Beltrán, Roselló, etc.) podrán ser representados aludiendo únicamente a su referencia tipológica y sin representación gráfica”.

Parece claro que la norma no apuesta por la representación mediante dibujo de los restos materiales de las intervenciones arqueológicas, cuando, a nuestro entender, es un medio necesario para dar a conocer los bienes y estructuras arqueológicas.

Conclusión.

Valgan estas líneas para situarnos, profesional y legalmente, dentro del proceso de intervención sobre el patrimonio en el que la representación gráfica (dibujo, fotografía, recreación virtual, fotogrametría y demás variantes) debe ser parte fundamental del proceso.

Probablemente el avance tecnológico irá abriendo nuevas posibilidades de representar los restos de las sociedades que nos precedieron, pero serán herramientas complementarias al dibujo, base de alguno de ellos (recreación virtual). Todas estas herramientas tienen su lugar y su utilidad dentro del proceso de intervención patrimonial, se trata de decidir en cada momento cual es la más oportuna, en función de los fines que se persigan.

Publicado originalmente en https://www.asociacionadarq.org/revista-schema/

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